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GOBIERNO DE CALIDAD/ Propiedad intelectual y Derechos de Autor

DiarioRedes by DiarioRedes
mayo 11, 2026
in Economía
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Por Jorge Manrique, Rector del Colegio Jurista y director general de Gobierno de Calidad, consultoría de políticas públicas

Internet multiplicó la capacidad de crear, copiar, transformar y distribuir contenido, pero la ley no creció al mismo ritmo. Ese desfase genera tensiones en cuatro frentes:

Autoría: Quién creó algo y cómo se acredita en un entorno donde todo se replica.

Control: Qué tanto puede decidir un autor sobre el uso de su obra.

Circulación: Cómo se comparte sin vulnerar derechos.

Valor: Cómo se remunera la creación en un ecosistema donde lo digital parece “gratis”.

En la desaparición simbólica del autor, Internet favorece la obra sin contexto. Se comparte la imagen, texto, video… pero no la genealogía.

Aparece la apropiación sin reconocimiento: desde plagio hasta “inspiraciones” no declaradas. En redes, la frontera entre homenaje y robo se vuelve borrosa.

Remixes, IA y obras derivadas: ¿cuándo una transformación es legítima y cuándo es explotación? Este es el debate más vivo del momento.

Desinformación y manipulación: la propiedad intelectual también protege la integridad de la obra. En Internet, cualquier pieza puede ser editada, sacada de contexto o usada para fines contrarios a su intención original.

Economía de plataformas: los creadores generan valor, pero las plataformas capturan la mayor parte de los ingresos. Aquí se juega la dignidad laboral del creador contemporáneo.

En México existen puntos clave que suelen olvidarse.

El INDAUTOR sigue siendo la autoridad principal para registro y protección. El registro no es obligatorio, pero sí es la mejor prueba de autoría. Las obras digitales están protegidas igual que las físicas. Los contratos deben especificar medios, territorios y duración, porque Internet es global por defecto.

Las licencias abiertas (Creative Commons, por ejemplo) son válidas en México y permiten modular el nivel de libertad que se da a la obra.

Lo esencial es combinar registro formal, pruebas digitales de autoría, contratos inteligentes y estrategias de circulación controlada. No basta con registrar: hay que construir un perímetro.

Aunque la ley protege desde el momento de creación, registrar en INDAUTOR te da la prueba más fuerte.

Deben registrarse libros, columnas (es recomendable registrar compilaciones por periodo), prólogos, curadurías y textos críticos, guiones de eventos y rituales de presentación, modelos conceptuales y proyectos editoriales para instituciones.

Conviene registra por bloques: Un libro = un registro, una serie de columnas = un registro por trimestre o semestre, un modelo conceptual = un registro independiente. Esto reduce costos, tiempo y da orden estratégico.

Es recomendable usar sellos de tiempo digitales: la prueba que Internet respeta. Es usar tres tipos de evidencia digital

Archivo PDF con metadatos (fecha de creación).

Envío a tu propio correo desde una cuenta institucional (marca temporal).

Publicación en una plataforma con timestamp verificable (Medium, Substack, tu web, incluso redes).

Esto no sustituye al registro, pero lo complementa y te protege en disputas digitales donde la velocidad importa más que el papel.

Tags: CEOColegio JuristaFeaturedGobierno de CalidadJorge ManriquePrincipal
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